Teletrabajo internacional: cuando el lugar de trabajo redefine la residencia fiscal
Daniel Figueroa Zapata
Especialista en Fiscalidad Internacional · Nexum Tax Lab
La expansión del teletrabajo ha difuminado las fronteras físicas, pero no las fiscales. Cada vez es más frecuente que profesionales trabajen para empresas extranjeras sin cambiar formalmente su residencia.
La expansión del teletrabajo ha difuminado las fronteras físicas, pero no las fiscales. Cada vez es más frecuente que profesionales trabajen para empresas extranjeras sin cambiar formalmente su residencia.
El problema surge cuando esta situación genera conflictos de residencia entre jurisdicciones, especialmente bajo los criterios de la OCDE y los convenios de doble imposición.
Los elementos clave que se analizan incluyen el lugar de permanencia habitual, el centro de intereses económicos y el lugar de dirección efectiva de la actividad.
En muchos casos, el contribuyente considera que trabaja para el extranjero, cuando en realidad sigue siendo plenamente residente fiscal en España bajo los criterios de la Ley del IRPF.
Conclusión
El riesgo no está en teletrabajar, sino en no anticipar las implicaciones fiscales derivadas de la movilidad internacional. La planificación previa puede evitar situaciones de doble tributación y sanciones.
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